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jueves, 23 de abril de 2020

RESOLUCIÓN Nº 143/2020 CGE: Asignaciones Familiares 2020.


RESOLUCIÓN Nº 143/2020: Ampliación del Plazo para las Asignaciones Familiares 2020.

SANTIAGO DEL ESTERO, 21 de Abril de 2.020
VISTO:
El DECNU-2020-355-APN-PTE; las Resoluciones N° 116/2020 y 119/2020 emanadas del Consejo General de Educación; la Ley Provincial N° 7201, los Decretos Nº 1.673/16 y DECTO-2019-1343- E-GDESDE-SGG.; y CONSIDERANDO
Que, el DECNU-2020-355-APN-PTE prorroga hasta el día 26 de abril de 2020 la vigencia del Decreto N° 297/20, prorrogado a su vez por el Decreto N° 325/20, por el cual se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio “en todo el territorio del país.
Que, asimismo se prorrogo la suspensión de las clases presenciales en todo el
territorio de la provincia, y en todos los niveles y modalidades del sistema educativo
provincial, tanto de gestión pública como privada, dispuesta por la RESOL-2020-108-APNME del Ministerio de Educación de la Nación.
Que, mediante Resoluciones 116 y 119 del CGE en el marco de la suspensión de las clases presenciales, se ha instruido a los Directores Generales de todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial a articular las acciones necesarias para garantizar la continuidad de la prestación del servicio alimentario que se brinda en el sector educativo en todo el territorio de la provincia; y la comunicación y seguimiento de las actividades de enseñanza propuestas por las autoridades educativas nacionales y de la provincia disponibles en diferentes soportes, a fin de acompañar la vinculación entre los equipos docentes, estudiantes, familias y comunidades.
Que, en ese mismo orden, el Consejo General de Educación ha establecido una Guardia Mínima en todas las oficinas para la continuidad y resolución de los tramites urgentes y la consulta u nicamente a través de comunicación telefónica y por correo electrónico para todos los Tramites, los que se encuentran disponibles en www.cgesantiago.gob.ar, a fin de cumplir con las disposiciones provinciales de aislamiento y evitar la circulación y concentración de docentes en el Organismo.
Que, las medidas de emergencia sanitarias impuestas por el gobierno tornan de difícil cumplimiento la obtención y/o presentación en tiempo y forma de la documentación exigida para la percepción de las asignaciones familiares ante las oficinas de Salario Familiar del C.G.E.
Que, en dicho contexto es conveniente prorrogar el plazo establecido para la presentación de la documentación de inicio del ciclo lectivo 2020 mientras se mantengan las medidas de aislamiento y suspensión de las clases presenciales en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial.
Que, en consecuencia es menester el dictado del presente acto administrativo por Presidencia del Consejo General de Educación, siendo la suscrita competente en virtud
de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial N° 7201, Decretos Nº 1.673/16 y DECTO2019-1343-E-GDESDE-SGG.
 Por ello,
LA SEÑORA PRESIDENTE INTERVENTORA DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACION RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Disponer la Ampliación del plazo para la presentación de la documentación de Inicio del ciclo lectivo 2020 detallada en el Anexo I, para los docentes o empleados administrativos que perciben asignaciones familiares, a efectos de la continuidad del pago de las mismas, mientras se mantengan las medidas de aislamiento y suspensión de las clases presenciales en todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial dispuesta por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria, de conformidad a lo expresado en los considerandos.
ARTÍCULO 2º: Se deja aclarado que los agentes que se encuentren a la fecha cobrando dichas asignaciones continuaran percibiendo las mismas, sujeto a posterior verificación con la documentación que oportunamente se presente ante las oficinas de Salario Familiar del Consejo General de Educación.
ARTÍCULO 3º: En los casos de NO Corresponder la continuidad del pago de alguna o todas las asignaciones otorgadas, el agente beneficiario deberá informarlo inmediatamente a través del correo electrónico correspondiente: salariosecundariocge@gmail.com para la oficina de Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria, solicitando la BAJA del pago de las asignaciones familiares, a los efectos de evitar la generación de deudas y posteriores descuentos. En la nota se deberá detallar: Nombre y apellido del Titular del beneficio, DNI, domicilio, Lugar de trabajo/cobro, individualizar la/s asignación/es a dar de baja. En el Asunto del correo deberá tener como título: BAJA DE ASIGNACIONES FAMILIARES.
ARTÍCULO 4º: Los docentes y empleados administrativos que tuvieran que solicitar por primera vez el pago de las asignaciones familiares y tuvieran toda la documentación exigida en el Anexo II de la presente Resolución, la deberán enviar al correo institucional del establecimiento educativo en el cual trabaje y al correo electrónico de la oficina de Salario que corresponda -individualizados en el artículo 6º-; con el Asunto SOLICITUD DE ASIGNACION FAMILIAR, adjuntando la nota del pedido y la documentación fotografiada o escaneada en formato pdf.. En estos casos se liquidará/n la/s asignación/es familiares, sujetas a la posterior verificación de la documentación original y de las copias certificadas y/o legalizadas y timbradas según corresponda, que oportunamente se presente ante las oficinas de Salario Familiar del Consejo General de Educación.
ARTÍCULO 5º: Se deja aclarado que los docentes y empleados que tuvieren que solicitar por primera vez las asignaciones familiares y se encontraren imposibilitados de obtener la documentación por las medidas de aislamiento y suspensión de las clases dispuesta por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria, podrán hacerlo posteriormente una vez que desaparezcan las causas de fuerza mayor y en el plazo que determine el Organismo.
ARTÍCULO 6º: Fijar como medio de comunicación oficial con las Oficinas de Salario Familiar durante la vigencia de las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno, para las consultas y envío de documentación en formato pdf., las direcciones de correo electrónicos: salariosecundariocge@gmail.com para la oficina de Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; y salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria.
ARTÍCULO 7º: Se deja establecido que todos los datos y la información contenida en las Notas, formularios y documentación remitida a los correo electrónicos oficiales, tienen el carácter de Declaración Jurada, constituyendo la falsedad de los mismos y/o la adulteración de la documentación enviada falta grave sujeta a sumario administrativo e imposición de las máximas sanciones previstas en el régimen disciplinario establecido por el Estatuto Docente de la Provincia (Ley provincial N° 2630) y y el inicio de las acciones civiles y penales que pudieren corresponder.
ARTÍCULO 8º: Registrar, comunicar y publicar en el portal oficial del Consejo General de Educacio n www.cgesantiago.gob.ar, cumplido archivar.
Dra. María Elena Herrera
Presidente Interventora Consejo General de Educación


ANEXO I
CICLO LECTIVO 2020
DOCUMENTACIÓN PARA BENEFICARIOS QUE PERCIBEN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES
Salario Familiar del Consejo General de Educación Secciones: Inicial y Primaria; Secundaria, Superior y Modalidades Educativas.

A- DOCUMENTACIÓN
Los docentes o empleados administrativos pertenecientes al Consejo General de Educación beneficiarios de asignaciones familiares, deberán presentar para la continuidad de la percepción de mismas, la siguiente Documentación de “Inicio del Ciclo Lectivo 2020:
 Declaración Jurada de Cargos para Salario.
 Declaración Jurada de Asignaciones familiares.
 Certificados de Escolaridad Inicio 2020.
Del Titular del Salario: último recibo de sueldo, si además se desempeña en el sector privado en relación de dependencia o posee otro cargo público (municipal, provincial, nacional), adjuntar copia del último recibo de sueldo y de Liquidación de la Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia CUNA (ex SUAF); Viudos/as: - Copia del último recibo de pensión. En caso de percibir asignaciones presentar RUB y acreditar con el detalle de las liquidaciones que no percibe el beneficio por el menor respecto del cual solicita el pago de la asignación; Mujeres divorciadas: - Constancia Negativa de ANSES del padre del menor.
 Del Cónyuge:
Desempleados: Certificación Negativa de ANSES.
CON RELACIÓN DE DEPENDENCIA, fotocopia del último recibo de sueldo o Constancia de CUNA (ex SUAF) emitido por la ANSES para aquellos que se desempeñen en el sector privado.
Autónomo: Copia del ultimo aporte efectuado como Auto nomo y Constancia de CUNA (ex SUAF) emitido por la ANSES.
Monotributistas: Constancia de CUNA (ex SUAF) emitido por la ANSES y acreditar con el detalle de las liquidaciones que no percibe el beneficio por el menor respecto del cual solicita el pago de la asignación.
Jubilado: Copia del último recibo de sueldo.
Con fondo de Desempleo: Constancia de CUNA (ex SUAF) emitido por la ANSES y detalle de la liquidación de las cuotas del beneficio y si en las mismas está incluido el pago de asignación familiar.
En los casos de Guarda Judicial: Constancia Negativa de ANSES de los padres de los menores en guarda; RUB y Fotocopia anverso y reverso de DNI de los padres de los menores en guarda y Constancia del SUAF emitido por la ANSES.
En los casos de Curatela: - Constancia del R.U.B. del curador emitida por la ANSES.
En los casos de Salario por Hijo con discapacidad: -R.U.B. del menor y - Certificado Médico del profesional tratante o su Renovación, visado por Reconocimiento Médico Docente o de la Provincia o Certificado de la Junta Evaluadora de Discapacidad de la provincia. En este último caso, si el menor no asistiera a un establecimiento educativo, deberá además presentar certificado de supervivencia una vez al año.
- En los casos de ser el conyugue Monotributista: Certificado de ANSES que no percibe salario.

LAS ASIGNACIONES FAMILIARES SE LIQUIDAN CONFORME LO DISPONE EL CAP. XIX DE LA LEY SALARIAL PROVINCIAL 5873/91, DECRETOS MODIFICATORIOS Y SU REGLAMENTACIÓN, POR LO QUE VENCIDO EL PLAZO SE PROCEDERÁ A DAR LA BAJA DEL BENEFICIO Y EFECTUAR LOS DESCUENTOS CORRESPONDIENTES.

B- TRAMITE:
Los docentes o administrativos beneficiaros presentara n en la Institución escolar la documentación indicada en el Punto A del presente Anexo, mediante Nota, para ser elevada a la oficina de Salario Familiar correspondiente, dentro del plazo establecido por el Organismo.
Los Sres. Directores/Rectores deberán remitir a la Oficina de Salario Familiar correspondiente mediante Nota la nómina completa de los docentes/administrativos que perciban salario familiar y que hubiesen presentado la documentación en forma para la continuidad del pago de las prestaciones, detallando los datos personales.
La Oficina de Salario Familiar del Consejo Gral. de Educación, controlará y verificará la documentación remitida por la institución escolar en forma previa a su ingreso por Mesa de Entradas de DGA, donde se le otorgará un numero de asunto como comprobante, el que servirá ante cualquier reclamo.
La Institución escolar deberá remitir con tiempo suficiente la documentación para su debido control por las Oficinas de Salario Familiar.
En el supuesto que la documentación no cumpla con las formalidades exigidas o se encuentre incompleta el agente deberá subsanar las observaciones antes del vencimiento del plazo establecido para su presentación.

C- ACLARACIONES
La documentación que deberá presentarse es para todo el personal dependiente del CGE que percibe Asignaciones Familiares cualquiera sea su situación de revista - titular, interino, suplente o contratado- y por el cargo en el que se liquidan las mismas.
Toda la documentación requerida deberá ser: “original, estar completa, sin raspaduras ni enmiendas”.
Las constancias de ANSES solicitadas según los casos, solo deberá ser presentada una vez por año con la documentación n INICIAL o FINAL de cada ciclo lectivo (Certificación negativa, CUNA –ex SUAF-/RUB).
Los datos personales denunciados en la declaración jurada de asignaciones familiares a comienzo de año, cuando sufran modificaciones tendrán que ser comunicados dentro de los 30 días de producido a través de los correos salariosecundariocge@gmail.com para Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria, presentando luego la documentación que se le exija oportunamente.
Ante cualquier duda, hacer la consulta a través de los correos salariosecundariocge@gmail.com para Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria, en los días previos al vencimiento del plazo fijado para la presentación de la documentación.
Los formularios de Declaración Jurada de Cargos para Salario; Declaración Jurada de Asignaciones familiares y de Asignación Prenatal se encuentran disponibles en www.cgesantiago.gob.ar, ingresando en “Normativa, luego en “Formularios”, desde donde podrán ser descargados e impresos.


ANEXO II
DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR POR PRIMERA VEZ LA/S ASIGNACIONES FAMILIARES
Salario Familiar del Consejo General de Educación Secciones: Inicial y Primaria; Secundaria, Superior y Modalidades Educativas.

A- DOCUMENTACIÓN
Los docentes o empleados administrativos pertenecientes al Consejo General de Educación que soliciten por primera vez la percepción de la/las Asignaciones Familiares, deberán presentar la siguiente documentación:
 Declaración Jurada de Cargos para Salario.
 Declaración Jurada de Asignaciones familiares.
Documentación detallada en el Anexo I para el Titular del beneficio, Cónyuge, Guarda judicial, Curatela, Hijo con discapacidad, según corresponda.
 Además, según el tipo de Asignación se deberá adjuntar:

ASIGNACIÓN PRENATAL (a partir del tercer mes de gestación)
 Formulario de Asignación Prenatal
 Certificado médico visado por reconocimiento Médico Docente / Provincia

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO Y CÓNYUGE
 Acta de matrimonio legalizada y timbrada.

ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO
 Acta de Nacimiento legalizada y timbrada.

ASIGNACIÓN POR HIJO;
 Acta de Nacimiento legalizada y timbrada.
 Certificado de escolaridad.

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN
 Acta de Nacimiento legalizada y timbrada.
 Copia de la sentencia de adopción certificada por Secretaría del Juzgado.

ASIGNACIÓN POR RECONOCIMIENTO DE HIJO
 Acta de Nacimiento legalizada y timbrada.
 Certificado de escolaridad.
 Constancia de Aportes de Anses de la Madre del menor.
ASIGNACIÓN POR MENORES EN GUARDA JUDICIAL
 Acta de Nacimiento legalizada y timbrada.
 Copia de sentencia de otorgamiento de la Guarda judicial certificada por Secretaría
del Juzgado.
 Certificado de escolaridad.

ASIGNACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD
 Acta de Nacimiento legalizada y timbrada.

B- TRÁMITE
1-Los docentes /administrativos que soliciten por primera vez la/las asignaciones familiares presentaran la documentación detallada, en la Institución escolar mediante Nota, para ser elevada a la oficina de Salario Familiar correspondiente, dentro del plazo establecido por el Organismo.

2-Los Sres. Directores / Rectores deberán remitir a la Oficina de Salario Familiar correspondiente mediante Nota la no mina completa de los docentes/administrativos que solicitan Asignaciones familiares por primera vez y que hubiesen presentado la documentación en forma, detallando los datos personales.
La Oficina de Salario Familiar del Consejo Gral. de Educación, controlará y verificará la documentación remitida por la institución escolar en forma previa a su ingreso por Mesa de Entradas de DGA, donde se le otorgará un numero de asunto como comprobante, el que servirá ante cualquier reclamo.
En el supuesto que la documentación no cumpla con las formalidades exigidas o se encuentre incompleta el agente deberá subsanar las observaciones antes del vencimiento del plazo establecido para su presentación. En atención a ello, la Institución escolar deberá remitir con tiempo suficiente la documentación para su debido control por las Oficinas de Salario Familiar.

C- A TENER EN CUENTA
Toda la documentación requerida deberá ser: “original, estar completa, sin raspaduras ni enmiendas”.
Los formularios de Declaración Jurada de Cargos para Salario; Declaración Jurada de Asignaciones familiares y de Asignación Prenatal se encuentran disponibles en www.cgesantiago.gob.ar, ingresando en “Normativa, luego en “Formularios”, desde donde podrán ser descargados e impresos.
Los datos personales denunciados en la declaración jurada de asignaciones familiares, cuando sufran modificaciones tendrán que ser comunicados dentro de los 30 días de producido a través de los correos salariosecundariocge@gmail.com para Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria, presentando luego la documentación que se le exija oportunamente.
Ante cualquier duda, hacer la consulta a través de los correos salariosecundariocge@gmail.com para Salario Secundario, Superior y Modalidades Educativas; o salarioprimariocge@gmail.com para la oficina de Salario Inicial y Primaria.
La autoridad escolar deberá remitir POR SEPARADO la nómina y documentación de los docentes/administrativos que soliciten por primera vez el pago de las asignaciones familiares y la Nómina y documentación de los que ya perciben las asignaciones.


LINKS PARA DESCARGAR FORMULARIOS PARA ASIGNACIONES FAMILIARES EN BLOG EDUCATIVO OMAR FRANCHOSSI

1°.- DECLARACIÓN JURADA DE ASIGNACION PRE-NATAL

2°.- DECLARACIÓN JURADA DE ASIGNACIONES FAMILIARES

3°.- DECLARACIÓN JURADA DE CARGOS

4°.- DECLARACIÓN JURADA DE ESCOLARIDAD

5°.- CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD










Empleados Públicos: El Pago de Sueldos se realizará a Partir del Martes 28 de Abril/2020



23/04/202020: El Ministerio de Economía de la Provincia informó que el pago de sueldos correspondiente al mes de abril se abonará a partir del próximo martes 28.

TENIENDO EN CUENTA EL ÚLTIMO DÍGITO DEL DNI, EL CRONOGRAMA DE PAGOS ES EL SIGUIENTE:
Los DNI terminados en 0, 1 y 2 cobrarán el día MARTES 28 DE ABRIL.
Los DNI terminados en 3, 4, 5 y 6 cobrarán el día MIÉRCOLES 29 DE ABRIL.
Los DNI terminados en 7, 8 y 9 cobrarán el día JUEVES 30 DE ABRIL.

Dicha modalidad de pago se implementará para evitar la aglomeración de gente en los cajeros, precisaron desde el gobierno provincial.



TODOS LOS NIVELES: Atención al Público del CGE - Seguro Escolar 2020 - Comedores Escolares


ATENCIÓN AL PÚBLICO

A través de su Portal Oficial, en forma telefónica y por correos electrónicos habilitados

El Consejo General de Educación a través de las Direcciones de Nivel Inicial, Primario, Secundario, Superior y Modalidades Educativas, Juntas de Nivel Inicial, Primario y Modalidades Educativas, Secundario y Superior, Tribunal de Disciplina, Dirección General de Administración y Acciones Centrales, informa a la comunidad en general que el Organismo continúa con la ATENCIÓN AL PÚBLICO para CONSULTA DE TRÁMITES a través de la autogestión ON LINE de su Portal Oficial www.cgesantiago.gob.ar, en forma telefónica y por correos electrónicos habilitados, evitando así, la circulación de personas en el marco de las medidas preventivas dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19).      

NÚMEROS DE CONTACTO:
• Mesa de Entradas Acciones Centrales: (0385) 428 8730  
• Mesa de Entradas D. Gral. de Administración: (0385) 428 8731
• Mesa de Entradas D. Gral. de Nivel Inicial: (0385) 428 8732
• Mesa de Entradas D. Gral.  de Nivel Primario: (0385) 428 8733
• Mesa de Entradas D. Gral. de Nivel Secundario: (0385) 428 8734
• Mesa de Entradas D. Gral.  de Nivel Superior: (0385) 428 8735
• Mesa de Entradas D. Gral. Modalidades Educativas: (0385) 428 8736
• Privada de Presidencia del C.G.E: (0385) 428 8696
• Profesora Laura Riera: 154122210
• Dra. Soledad Ovejero: 155948228  
• Profesora Julia Rodríguez: 156884628
• Profesora Norma Buitrago: 155842855
• Profesora Blanca Sánchez: 154126216
• Profesora Claudia María Medina: 154105283
• Profesora Marcela Olivera: 154430124
• Profesora Zulma Romero: 155894338
•  Profesor Gustavo Grimaldi: 154185746
• Dra. Rosalba Tolabin 154934313
• Profesor Cesar Ledesma: 154262212  
• Profesor Ramón Suarez: 156977170
• Profesora Malvina Paz: 155919343.
• Profesor Antonio Barbosa: 0386115605701
• Profesor José Espeche: 157401737
• Profesor Herman Navarro: 0381154686831
• Profesor Rubén Salazar: 154063578
• Profesor Agustín Godoy: 155985799
• Profesora Marta Valdez: 154130739/ 155980970.
• Profesora Fabiola Medlell: 154032781  
• Dra. Judith Beltrán: 154029810
• Profesora Rosa Unzain: 154139108
• Profesor Wady Nabac: 154384413
• Profesora Teresita Iñiguez: 155734817
• Profesora Susana Martínez: 155056366  
•  Profesora Analía Valentini: 155774092
• Profesora Rosa Ares: 155144275
• Sandra Graciela Santillán APTD Especial: 3854 414063
• María Cristina Torres APTD Adultos:155855046
• Marturet Gabriel Fernando APTD Form. Prof. y Capacitación Lab: 155 907115
• Paz Elena Gladys APTD Adultos: 154 143141
• Profesora Marta Rufino: 154132107
•  Profesor Juan Carlos Vallejos: 154123312
•  Profesora Griselda Zuaín: 155182384
• Profesora Patricia Buena: 154749159
• Profesora Gisel Rosa: 156980512
• Profesora Lía Alarcón: 155043036.
• Profesora Adriana Gómez: 154813668
• Profesora Marcela Cáceres: 154066598
• Profesora Hebe Suarez: 155963041
• Profesora Analía Azán: 155969314
• Profesora Teresita Noemí Nediani: 154741591
• Profesor Miguel Ángel Nicolau: 154164366
• Profesora Silvana del Valle Nassif: 154067672
• Profesora María Inés Donzelli: 154093577
• Profesor Gustavo Ledesma Vallejo: 154774699
• Dr. Julio Nassif: 155940157  
• Dra. Gabriela Morales: 154113393
• Dra. Belén Bruhn Gauna: 155999358
• Dra. Laura Jensen: 154330570

CORREOS ELECTRÓNICOS HABILITADOS PARA CONSULTAS (indicar número de expediente/ asunto/ iniciador y número de DNI)

• Dirección General de Nivel Inicial: inicialmesadeentradas@gmail.com  
• Dirección General de Nivel Primario: consultastramitesdirecnivprim@gmail.com  
• Dirección General de Nivel Secundario: consultanivelsecundario@gmail.com  
• Dirección General de Nivel Superior: nivelsuperiorsantiago@gmail.com  
• Dirección General Modalidades Educativas: consultaconsejom@mail.com  
• Oficina Contaduría del C.G.E.: contaduriacge@gmail.com  
• Oficina De Tesorería del C.G.E: tesoreriacgesgo@gmail.com  
• Oficina de Edificaciones Escolares del C.G.E: edificacionesescolarescge@gmail.com
• Oficina de Anses del C.G.E: ansescge@gmail.com
• Presidencia: privadapresidenciacge@gmail.com
• Despacho de Presidencia: despachopresidenciacge@gmail.com
• Despacho de DGA: despachodgacge@gmail.com
• Centro de Atención Docente (CAD): centroatenciondocentecge@gmail.com
• Comedores Escolares: comedoresescolarescge@gmail.com
• Seguro Escolar: seguroescolarcge@gmail.com
• Secretaria Coordinación de Gestión: coordinaciondegestioncge@gmail.com
• Secretaría Jurídica: coordinaciontecnicolegalcge@gmail.com
• Coordinación del Área Legal del CGE: corarealegalcge@gmail.com
• Dirección de Sumarios: direcciondesumarioscge@gmail.com
• Coordinación de Traspaso de EGB III: coordinaciondetraspaso@gmail.com  
• Oficina de Informática: consultas@cgesantiago.gob.ar  
• Oficina de Rendición de Cuentas: rendicioncuentascge@gmail.com  
• Oficina de Sueldos: sueldoscge@gmail.com  
• Oficina de Embargos: embargoscge@gmail.com  
• Oficina Salario Secundaria y Superior: salariosecundariocge@gmail.com  
• Oficina Salario Inicial, Primaria y Modalidades: salarioprimariocge@gmail.com  
• Oficina Control de Gastos: controlgastoscge@gmail.com



CARGA DE DATOS DEL SEGURO ESCOLAR 2020

20/04/2020 - Es responsabilidad exclusiva de las autoridades de los establecimientos educativos
El Consejo General de Educación recuerda a las autoridades de los establecimientos educativos, que la carga de datos del SEGURO ESCOLAR es responsabilidad exclusiva de las mismas.  
La clave para ingresar a la Aplicación “Seguro Escolar” disponible en el portal oficial del Organismo www.cgesantiago.gob.ar es INTRANSFERIBLE.  
El Consejo General de Educación desconoce y no autoriza la intervención de terceros ajenos a la  
Institución y advierte de la circulación de un número de celular (whatsapp) NO OFICIAL.

  
COMEDORES ESCOLARES

22/04/2020 - La aplicación de los fondos correspondientes a los mismos, deberá efectuarse de ahora en más mediante sistemas de pago virtual.

El Consejo General de Educación informa  a los Sres. Directores Generales y al cuerpo de Supervisores y Analistas de cada Nivel Educativo, que en el marco de la emergencia sanitaria que atraviesa el país y de conformidad con lo establecido por el Decreto PEN N° 297/2020, está vigente la urgente e impostergable necesidad de asegurar el cumplimiento de la prestación alimentaria alcanzada por los Comedores Escolares de los establecimientos educativos de la provincia, para lo cual se encuentra actualmente disponible la segunda remesa del año 2020. 

- Con el objeto de organizar la adquisición y distribución de los alimentos a la mayor brevedad posible y respetando las normas vigentes en el marco del aislamiento sanitario, se efectúan las siguientes recomendaciones:
- La aplicación de los fondos correspondientes al Comedor Escolar (para el presente período y para los períodos sucesivos) deberá efectuarse mediante sistemas de pago virtual, ya sea Compra con Débito o Transferencia Interbancaria desde cajero automático o desde el servicio gratuito de Banca Online (Homebanking).

En el caso de pago mediante Débito se deberán extremar las precauciones a fin de que el monto de la adquisición de los alimentos sea debitado de la cuenta correspondiente al establecimiento educativo.

Asimismo se deberá dar prioridad a proveedores que acepten estos medios de pago, no siendo la falta de ellos motivo suficiente para la no ejecución de los fondos.

- La extracción de los fondos en efectivo será de carácter subsidiario y deberá realizarse mediante cajero automático. A efectos de la aprobación de la rendición de los fondos no se tendrán en cuenta los saldos remanentes que no haya sido posible extraer (atento a que los cajeros automáticos expenden de billetes de denominación que corre desde los 100 pesos en adelante). 

- En el excepcional caso de que no se contare con proveedores que acepten medios virtuales de pago y cuando la extracción del efectivo mediante cajero automático fuere muy gravosa para el responsable (por el monto asignado al establecimiento), se deberá solicitar por vía jerárquica la gestión institucional de un turno a efectos de realizar la extracción por cajero humano. Para ello se deberán invocar razones comprobables que acrediten la imposibilidad de aplicar los fondos por las vías mencionadas anteriormente. 


Productos Omar Franchoss - Solicitalos al Tel. 3855196420





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