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sábado, 3 de febrero de 2024

SUELDOS DOCENTES 2024 DE TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES

 SUELDOS DOCENTES 2024

AUMENTO DEL 100% DESDE FEBRERO

 

CUADERNO AGENDA DOCENTE – PEDIDOS 3855196420 


En la Provincia de Santiago del Estero, se hizo el tan esperado y anhelado anuncio de aumento de sueldos 2024:

Teniendo las siguientes pautas para todos los trabajadores de la administración pública de Santiago del Estero, incluyendo docentes.

➡️ 100% De incremento en el sueldo básico a partir de febrero.

➡️ Garantía del piso salarial provincial de $ 280.000, y hasta 2 cargos en la docencia.

➡️ Incremento del 75% para locaciones de servicio.

➡️ Próxima revisión salarial en el mes de junio de este año.

➡️ El monto de ayuda escolar 2024 que se abonará en marzo será de $ 90.000 por hijo.

➡️ Pago de bono extraordinario (única vez y sin descuentos) de $ 110.000 que se abonará el próximo viernes 9/2/2024.


¿Qué significa este aumento en términos reales para los docentes?

Con el incremento, el valor en pesos del PUNTO ÍNDICE con el se miden todos los cargos y horas cátedras docentes pasaría de $ 291,88 a $ 583,76, lo que tendría variaciones en todas las bonificaciones con básico docente, titulo, transporte, zona, etc.

 

SUELDO BÁSICO DOCENTE

Es el resultado del puntaje del cargo o de la suma del puntaje de las horas cátedras multiplicado por el Valor en $ del Punto Índice ($ 583,76).

Los puntajes otorgados a cada cargo y de las horas cátedras están establecidos en su mayoría en el Artículo 22º (Escala de Remuneraciones del Personal Docente) del Convenio Colectivo de Trabajo 173/91.

 

CARGO TESTIGO (181 PUNTOS ÍNDICES) $ 105.660,56

MAESTRO DE GRADO (CARGO TESTIGO) DE 181 PUNTOS: Sueldo Básico es igual al resultado de 181 puntos multiplicado por el valor índice 583,76: $ 105.660,56.

 

CATEDRÁTICOS DE NIVEL SECUNDARIO

1 HORA CÁTEDRA NIVEL SECUNDARIO: Se multiplica el puntaje de la hora cátedra 12,1 por el valor índice $ 583,76, TOTAL $ 7.063,49

15 HORAS CÁTEDRAS NIVEL SECUNDARIO (CONSIDERADO CARGO TESTIGO): Se multiplica 15 X 12,1 que es igual a 181,5, ese resultado se lo multiplica por el valor del punto índice $ 583,76, EL TOTAL $ 105.952,44 ES EL SUELDO BÁSICO DE UN CATEDRÁTICO CON 15 HS.

 

CATEDRÁTICOS DE NIVEL SUPERIOR

1 HORA CATEDRA NIVEL SUPERIOR: Se multiplica el puntaje de la hora cátedra 15,1 por el valor índice $ 583,76, TOTAL $ 8.814,77.

12 HORAS CÁTEDRAS NIVEL SUPERIOR (CONSIDERADO CARGO TESTIGO): Se multiplica 12 X 15,1 que es igual a 181,2, ese resultado se lo multiplica por el valor del punto índice de $ 583,76, EL TOTAL $ 105.777,31, ES EL SUELDO BÁSICO DE UN CATEDRÁTICO CON 12 HS.

CUADERNO AGENDA DOCENTE – PEDIDOS 3855196420

BONIFICACIÓN POR TÍTULO (DOCENTE ESPECÍFICO Y HABILITANTE)

 

1.- DOCENTE ESPECÍFICO $ 23.350,40

1-. EL TÍTULO DOCENTE ESPECÍFICO: TIENE UN VALOR DE 40 PUNTOS ÍNDICES.

LOS 40 PUNTOS ÍNDICES SE LO MULTIPLICA POR EL VALOR ÍNDICE DE $ 583,76 ES IGUAL A $ 23.350,40

 

2.- DOCENTE HABILITANTE $ 8.756,40

2.- EL TÍTULO HABILITANTE: TIENE UN VALOR DE 15 PUNTOS ÍNDICES.

ESOS 15 PUNTOS ÍNDICES SE LO MULTIPLICA POR EL VALOR ÍNDICE DE $ 583,76 ES IGUAL A $ 8.756,40

CUADERNO AGENDA DOCENTE – PEDIDOS 3855196420


BONIFICACIÓN POR TRANSPORTE (A Y B)

POR CARGO

ZONA A (HASTA 20 KM): VALOR 20 PUNTOS ÍNDICES. $ 11.675,20

ESOS 20 PUNTOS ÍNDICES SE LO MULTIPLICA POR EL VALOR ÍNDICE DE $ 583,76 ES IGUAL A $ 11.675,20

 

ZONA B (MÁS DE 20 KM): VALOR 50 PUNTOS ÍNDICES. $ 29.188

ESOS 50 PUNTOS ÍNDICES SE LO MULTIPLICA POR EL VALOR ÍNDICE DE $ 583,76 ES IGUAL A $ 29.188

 

POR HORA DE CÁTEDRA NIVEL MEDIO

ZONA A (hasta 20 km) - 0,66 puntos por hora de catedra (0,66 X 583,76): $ 385,28

ZONA B (más de 20 km) - 1,66 puntos por hora de catedra (1,66 X 583,76): $ 969,04

 

POR HORA DE CÁTEDRA NIVEL TERCIARIO

ZONA A (hasta 20 km) - 0,83 puntos por hora de catedra (0,83 X 583,76): $ 484,52

ZONA B (más de 20 km)- 2,083 Puntos por hora de catedra (2,083 X 583,76): $ 1.215,97

BONIFICACIÓN POR TAREA DIFERENCIAL

TAREA DIFERENCIAL POR CARGO DIRECTIVO: Es igual al 20% del Salario Básico del cargo.

 

ADICIONAL POR TAREA DIFERENCIADA:

El personal Docente y de Servicios Generales que preste servicios en escuelas especiales, diferenciales, carcelarias y hospitalarias, y Escuela de Apicultura "Fidela L. de Smith", percibirán un adicional mensual por Tarea Diferenciada equivalente a un 80% (ochenta por ciento) de la Asignación Básica del Cargo de Maestro de Grado. El presente Adicional será imputado a la Partida Personal en sus Parciales Planta Permanente o Personal Temporario según corresponda. Art. 83º Ley 5.873.

Básico de Maestro de Grado $ 105.660,56 el 80% equivale a $ 84.528,44

 

CUADERNO AGENDA DOCENTE – PEDIDOS 3855196420    


BONIFICACIÓN POR ZONA (B - C - D)

 

ZONA B: 20% DEL SUELDO BÁSICO.

ZONA C: 40% DEL SUELDO BÁSICO.

ZONA D: 80% DEL SUELDO BÁSICO.

 

Ejemplo con Cargo de Maestro de Grado de 181 puntos índices con básico de $ 105.660,56

ZONA B (20% DEL BÁSICO) = $ 21.132.11

ZONA C (40% DEL BÁSICO) = $ 42.264,22

ZONA D (80% DEL BÁSICO) = $ 84.528,44


BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD

EJEMPLO CON CARGO DE MAESTRO DE GRADO DE 181 PUNTOS ÍNDICES Y SUELDO BÁSICO DE $ 105.660,56 AL CUÁL SE LE SUMA UN PORCENTAJE SEGÚN LA ANTIGÜEDAD DOCENTE.

NOTA: PARA TODOS LOS CARGOS Y HORAS CÁTEDRAS ES LO MISMO, SE LE ADICIONA AL SUELDO BÁSICO EL PORCENTAJE SEGÚN SU ANTIGÜEDAD.

CUADERNO AGENDA DOCENTE – PEDIDOS 3855196420


EJEMPLO CON CARGO DE MAESTRO DE GRADO

BÁSICO

ANTIGÜEDAD

PORCENTAJE

MONTOS $

$ 105.660,56

1 año

10%

10.566,05

$ 105.660,56

2 a 4 años

15%

15.849,08

$ 105.660,56

5 a 6 años

30%

31.698,16

$ 105.660,56

7 a 9 años

40%

42.264,22

$ 105.660,56

10 a 11 años

50%

52.830,28

$ 105.660,56

12 a 14 años

60%

63.396,33

$ 105.660,56

15 a 16 años

70%

73.962,39

$ 105.660,56

17 a 19 años

80%

84.528,44

$ 105.660,56

20 a 21 años

100%

105.660,56

$ 105.660,56

22 a 23 años

110%

116.226,61

$ 105.660,56

24 años y mas

120%

126.792,67


BONIFICACIÓN POR ASISTENCIA PERFECTA (PRESENTISMO)

 BONIFICACION POR ASISTENCIA PERFECTA: El personal de Planta Permanente y Temporario del Escalafón Docente de la Administración Pública Provincial, percibirá en forma mensual esta bonificación, equivalente al 8,33% (ocho con treinta y tres centésimos por ciento) del haber mensual líquido percibido en el mes, resultante de deducir al haber mensual bruto las asignaciones familiares, aportes previsionales y aportes para obra social. Art. 84º de la Ley Salarial 5.873

 

PRESENTISMO:

El Presentismo, es el resultado de la suma del salario básico, antigüedad, título y si tuvieras zona B, C o D (EN EL RECIBO LO VAS A VER COMO HABER CON APORTES), menos el 18 o 19% (descuentos de ANSES 13% y IOSEP 5 o 6%) x 0,083.

 

BONIFICACIÓN POR REASIGNACIÓN DE FONDOS - LEY SALARIAL 5873

ARTICULO 88.- BONIFICACIÓN POR REASIGNACIÓN DE FONDOS: Es una bonificación equivalente al 20% del importe del salario básico, que son percibidos por al menos 105 cargos docentes, ver en la ley el listado de 115 cargos aproximadamente.

CUADERNO AGENDA DOCENTE – PEDIDOS 3855196420


BONIFICACIONES NO REMUNERATIVAS  - NI BONIFICABLES.

 

Códigos y Montos de Incentivos docentes para el mes de febrero, hasta en 2 cargos.

ü  Código N° 523 Recompos Salar Emerg.: 1 CARGO $ 23.000

ü  Código N° 523 Recompos Salar  Emerg.: 2 CARGOS $ 46.000

ü  Código N° 525 Rec. Sal. 2023: 1 CARGO $ 55.000

ü  Código N° 525 Rec. Sal. 2023: 2 CARGOS $ 110.000

ü  Código N° 559 Conectividad Nacional: 1 CARGO $ 12.250

ü  Código N° 559 Conectividad Nacional: 2 CARGOS $ 24.500

ü  Código 595 FDO. NAC. INCENT. DCTE.: 1 CARGO $ 16.450

ü  Código 595 FDO. NAC. INCENT. DCTE.: 2 CARGOS $ 32.900

ü  Código 597 COMPL.SAL.MIN.DOCTE: el monto es variable porque depende de cuanto necesites para alcanzar uno o dos salarios mínimos.

 

DOCENTES SALARIO MÍNIMO ACORDADO DESDE EL MES DE FEBRERO:

DOCENTES CON CARGOS

ü  1 cargo testigo de 181 puntos $ 280.000

ü  2 cargos testigo de 181 puntos $ 560.000

 

CATEDRÁTICOS DE NIVEL SECUNDARIO

ü  15 horas cátedras $ 280.000

ü  30 horas cátedras $ 560.000

 

CATEDRÁTICOS DE NIVEL SUPERIOR

ü  12 horas cátedras $ 280.000

ü  24 horas cátedras $ 560.000

 

NOTA:  DOCENTES CON CARGOS MENORES A 181 PUNTOS, COBRAN UN PROPORCIONAL.

 

DESCUENTOS DE LEY 18 o 19% EN CARGOS DE DOCENTES PÚBLICOS:

Los mismos se realizan a en todos los haberes mensuales, incluidos los Sueldos Anuales Complementarios (SAC), son descuentos obligatorios para el empleador.

- ANSES 13%

- Obra Social 5% y si tienes un adicional familiar a cargo es 1% más de descuentos.

NOTA: Se los realiza sobre el total de los Haberes Con Aportes (Básico - Antigüedad – Zona B, C o D y Titulo).

ASIGNACIONES FAMILIARES

DESDE DICIEMBRE 2023

 

CÓDIGO

ASIGNACIONES FAMILIARES

$

111

CÓNYUGE

5.040

112

HIJA/O

15.690

--

HIJA/O CON DISCAPACIDAD

62.760

118

PRENATAL

15.690

113

FAMILIA NUMEROSA

850

114

ESCOLARIDAD PREPRIMARIA Y PRIMARIA

850

115

ESCOLARIDAD MEDIA Y SUPERIOR

1.150

108

MATRIMONIO

70.621

109

NACIMIENTO

47.079

110

ADOPCIÓN

282.870

 

AYUDA ESCOLAR A COBRAR EN MARZO

90.000

 

NOTA: En el mes de enero se cobra con el CÓDIGO 117 la ASIGNACIÓN ANUAL COMPLEMENTARIA O SALARIO DOBLE, en las siguientes asignaciones: Cónyuge, Hija/o, Familia Numerosa, Escolaridad Pre-Primaria, Primaria, Media y Superior y Asignación Prenatal.

 

MATERIAL IMPRESO O EN PDF DE SUELDOS DOCENTES Y OTROS DOCUMENTOS DOCENTES

( LO PODES COMPRAR Y/O SOLICITAR EN: 3855196420

 

EJEMPLOS CON RECIBOS DE SUELDOS 






















 









    

miércoles, 17 de enero de 2024

martes, 16 de enero de 2024

¿POR QUÉ ARGENTINA?

 



Son la geografía y la historia conjugadas con la lingüística, las que a través de los hombres conforman la toponimia de un país.

La denominación de Argentina no escapa a esta regla y es el resultado de un proceso evolutivo y cambiante que se encuentra íntimamente vinculado con el desarrollo e integración de nuestro territorio desde los albores del descubrimiento de América pasando por la sanción de la Constitución Nacional y que llega hasta nuestros días.

Así como nuestro desarrollo histórico-geográfico y político se encuentra ligado a las tierras que se extienden adyacentes al majestuoso río color de león – Mar Dulce, Río de Solís, Río de Santa María, Río Jordán; el destino de la denominación de nuestra Nación no se pudo desprender de la atracción del río descubierto por Solís en 1516 y que finalmente se impondría en la cartografía como “Río de la Plata”. Tal denominación proviene de Portugal en la tercera década del siglo XVI, para luego ser un uso corriente en los viajeros españoles como Diego García o Pedro de Mendoza.

Es así que, el 21 de mayo de 1534, el rey de España firmaba el asiento concedido a Pedro de Mendoza, para la conquista y población de las tierras y provincias del Río de la Plata.

Por el año 1554, aparece por primera vez en una pieza cartográfica, del portugués Lopo Homen la denominación de Terra Argentea.

En 1602 se publicó en Lisboa el libro a partir del cual se habría de imponer la denominación de Argentina.

Nos referimos a la obra “Argentina y conquista del Río de la Plata, con otros acaecidos de los reinos Del Perú, Tucumán y Estado del Brasil” de Martín del Barco Centenera. Es aquí donde el autor utiliza la latinización del término “argenteus”, inusual para la época, ya que lo común era utilizar la adjetivación argenteados o argénteo, según comenta Ángel Rosenblat en su obra “Argentina, Historia de un Nombre”.

En los primeros tiempos ese término se mantiene dentro de los sectores cultos de la población y es así, que, Manuel José de Lavardén publica en el primer número del Telégrafo Mercantil, su Oda al Majestuoso Río Paraná donde hace mención a las “sencillas ninfas argentinas”.

Un hito importante en la difusión del citado término, es su paso desde los sectores cultos a los niveles populares, asociado al proceso revolucionario de los hombres de mayo.

Un claro ejemplo, lo tenemos en el Himno Nacional de Vicente López y Planes, adoptado por la Asamblea del año 1813: “A vosotros se atreve ¡Argentinos!...”

A partir de aquí, podemos comprobar cómo, desde una óptica eminentemente literaria, nace la denominación de Argentina, y que con el transcurso de los años pasaría a tener una connotación política-geográfica y que por sobre todo iría marcando la individualización del habitante de las comarcas rioplatenses y del espacio que ocupa.

Este espacio geográfico inmerso en las dilatadas tierras que la corona española poseía en América va a tomar distintas denominaciones según los descubridores y hechos históricos que se irán sucediendo en la difícil integración y unidad nacional.


REPUBLICA ARGENTINA BICONTINENTAL 



 Desde el Virreinato del Perú, pasando por la formación del Virreinato del Río de la Plata en 1776, hasta llegar a la actual denominación oficial, encontramos títulos relacionados con los vaivenes políticos que se sucedieron durante las distintas etapas de consolidación de nuestra entidad nacional.

La Primera Junta acuerda por expresión de su Cabildo, la denominación Provincias Unidas del Río de la Plata, que a su vez será tomada por la Asamblea del año XIII. Posteriormente, en 1816, el Congreso que proclamó la independencia, utilizó el nombre de “Provincias Unidas del Río de la Plata en Sudamérica”.

Como vemos, en la época de nuestra emancipación no se utilizó con frecuencia el término “Argentina”. La razón la encontramos, en que al estar tal denominación asociada a la hegemónica Buenos Aires, no constituía un factor de integración entre las provincias. Con la Constitución de la República Argentina del 24 de diciembre 1826 se oficializa esta designación.

El enfrentamiento entre federales y unitarios trae consigo la utilización de las denominaciones Confederación Argentina o Provincias Unidas del Río de la Plata, según las tendencias que las propiciaron.

El 1° de octubre de 1860 se promulga la Constitución de1853, donde se realizan enmiendas a ésta y se agrega el art. 35, donde dice: “Las denominaciones adoptadas sucesivamente desde 1810 hasta el presente a saber: Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina, Confederación Argentina, serán en adelante nombres oficiales indistintamente para la designación del gobierno y el territorio...”

A los días de promulgada en la ciudad de Paraná, el presidente Santiago Derqui, teniendo en cuenta la necesidad de unificar la denominación de la Nación para los actos administrativos, decreta que: “el gobierno ha venido en acordar que para todos estos actos se use la denominación de República Argentina”. De allí derivan los calificativos con los cuales se identificarían en el futuro a los habitantes y al territorio que ocupa el extremo meridional del continente americano.

Pero como los hombres son quienes imponen los nombres, éstos no permanecen inalterables, cambian, son modificados por los distintos usos o costumbres. Así aparece una expresión simplificada para designar a nuestro país en el orden internacional y especialmente dentro de la Organización de las Naciones Unidas: Argentina, a secas, suprimiendo el sustantivo República. Tal, la designación acordada en los listados alfabéticos del mencionado organismo.

Resumiendo, desde su origen latino y con las distintas denominaciones con que nos conociera el mundo a lo largo de nuestro devenir histórico, hoy, el nombre de ARGENTINA identifica a esta nación de la que orgullosamente formamos parte.

Fuente: Prof. Rubén M. Albánese, en Revista del IGM.


CUADERNO/AGENDA DOCENTE - PEDIDOS 3855196420

 



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